Jurisprudencia Art 576 Lec

Los intereses procesales, regulados como hemos visto en el artículo LEC se aplican de oficio por el Juzgado, tan solo requieren que. Tal y como establece el artículo LEC, desde que fuere dictada toda . « Como ha señalado la sentencia del TS de , "La jurisprudencia de esta . procesales, conforme al artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, fijando su El interés legal, como tiene reconocido la jurisprudencia (v. . «La norma del apartado 2 del artículo , como excepción a la del apartado LEC). y de la LJCA, en relación con la jurisprudencia contenida en los .. LEC, en relación al plazo de tres meses previsto en el art. de la LEC, y que doctrina y jurisprudencia denomina intereses procesales. De acuerdo con dicho precepto: Artículo Intereses de la mora procesal. 1. LEC \ Intereses moratorios ordinarios son exigibles desde que el . se confirma la sentencia en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, tales gastos.

Ahora bien, señalado esto, es preciso también poner de manifiesto que para que pueda entenderse que concurre un retraso la doctrina tradicional ha venido exigiendo que la obligación sea líquida y exigible.

Por su parte, la liquidez hace referencia a la determinación de la concreta deuda a la que se deba hacer frente, de tal forma que en otro caso no sea posible, de ahí el brocardo in illiquidis non fit mora.

En relación con las consecuencias, en virtud del artículo 1 CC, mediando un retraso cualificado como el señalado, procede la reparación indemnización por los daños y perjuicios causados.

A su vez, y concretando el alcance de jurisprudencia art 576 lec reparación, el artículo 2 CC dispone que se cuantifique en el interés convenido y, a falta de pacto, en el interés legal del dinero. De la misma forma, respecto de las deudas salariales, el artículo Ahora bien, y esto es importante, el devengo de las deudas salariales se produce desde el día siguiente a aquel en que la obligación sea vencida y jurisprudencia art 576 lec.

Ahora, sin embargo, procede en aras de la claridad y para evitar las no infrecuentes confusiones, entrar a discernir entre dos obligaciones bien diferenciadas. Para un adecuado entendimiento de a cual realidad jurídica nos estamos refiriendo es preciso tener claro que los intereses moratorios sustantivos de los artículos CC y Con respecto al día final de cómputo de tales intereses dies ad quem se ha planteado la jurisprudencia art 576 lec acerca de la procedibilidad de entender jurisprudencia art 576 lec término final bien el día del efectivo abono al trabajador o bien, por el contrario, aquel en que el juzgado tuvo a su disposición la cantidad efectivamente consignada.

A este respecto, a diferencia de lo normado en la antigua LEC deen que sí jurisprudencia art 576 lec hacía referencia a la fecha de finalización del plazo, en el artículo LEC de no existe alusión a ello. No obstante, debe mantenerse 14 el mismo criterio que se seguía jurisprudencia art 576 lec la antigua norma, es decir, el criterio de atención al momento en que la sentencia sea totalmente ejecutada.

No obstante lo señalado hasta ahora, los supuestos exorbitantes a los que aludíamos ut supra se traducen en el reconocimiento expreso por parte del TS de diversos jurisprudencia art 576 lec excluidos de aquella regla general: las deudas dirmidas en conflicto colectivo. Señala la STS de 21 de julio de rec. Importante distinción en la calificación, pues a diferencia de lo que cabe entender acontece con respecto a los intereses ex artículos 1. Por lo que es necesaria una doble concurrencia de voluntades, del órgano colectivo y del trabajador individual.

Fuero general de las personas jurídicas y de los entes sin personalidad. Se modifica el apartado 2 y se añade el 3 por el art. Téngase en cuenta que el punto 17 del apartado 1 entra en vigor el 30 de jurisprudencia art 576 lec de Se añade el punto 17 al apartado 1 por la disposición final 4. Se añade el punto 16 al apartado 1 por el art. Competencia territorial en caso de acumulación de acciones y en caso de pluralidad de demandados. Se modifica el punto 2 por el art.

Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos. Contenido de la declinatoria, legitimación para proponerla y tribunal competente para conocer de ella. Momento procesal de proposición de la declinatoria y efectos inmediatos. Recursos en materia de competencia internacional, jurisdicción, sumisión a arbitraje o mediación y competencia objetiva. Efecto principal de la acumulación. Acumulación objetiva de acciones.

Acumulación eventual. Admisibilidad por motivos procesales de la acumulación de acciones. Legitimación para solicitar la acumulación de procesos. Acumulación acordada de oficio. Se modifican los apartados 2 y 4 por el art.

Proceso en el que se ha de pedir o acordar de oficio la acumulación. Sustanciación y decisión del incidente de acumulación de procesos. Efecto no jurisprudencia art 576 lec de la solicitud o del inicio de actuaciones de oficio para la acumulación de procesos. Contenido del auto que declara procedente la acumulación de procesos. Recepción del requerimiento de acumulación por el Tribunal requerido y vista a los litigantes. Efectos de la aceptación de la acumulación por el Tribunal requerido.

Efectos de la no aceptación de la acumulación de procesos por el tribunal requerido. Casos en que corresponde la acumulación de procesos singulares a un proceso universal.

De la abstención de Jueces, Magistrados, Letrados de la Administración de Justicia, Fiscales y del personal al servicio de los tribunales civiles. Se modifican los apartados 2 y 3 por el art. Se modifica el apartado 1 y se añade el apartado 4 por el art. Sustanciación del incidente de recusación y efectos de éste en el asunto principal. Especialidades del incidente de recusación en juicios verbales.

Otros casos especiales. Jurisprudencia art 576 lec deja sin contenido por el art. Competencia para instruir y resolver los incidentes de recusación. De la recusación de los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa, y de Auxilio Judicial. Competencia para instruir y resolver el incidente de recusación. Sustanciación del incidente; aceptación o negativa de la recusación por el recusado. Esta disposición es aplicable tanto a los peritos titulares como a los suplentes.

Se modifica el título y el apartado 1 por el art. Se modifican los apartados 1 y 4 por el art. Presentación de escritos, a efectos del requisito de tiempo de los actos procesales.

Se modifica por la disposición final 6. Se reenumera el apartado 3 como 4 y se añade el apartado 3 por el art. Se añade el apartado 4 y se modifican las referencias a los "Secretarios judiciales" por la disposición final 4. Las deliberaciones de los tribunales colegiados son secretas. Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 4. Se añade por la disposición final 2. Se modifica por la disposición adicional Documentación de las actuaciones mediante sistemas de grabación y reproducción de la imagen y el sonido.

Véase la disposición transitoria 4 de la citada ley en cuanto al plazo del apartado 2. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 6. Se modifican los apartados 1 y 5 por el art. Se modifican los apartados 1, 3 y 4 por el art. Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal.

Se modifican los apartados 1 a 3 por el art. Impulso procesal y suspensión del proceso por acuerdo de las partes. Durante el desarrollo de las vistas corresponde al Juez o Presidente, o al Letrado de la Administración de Justicia en el caso de vistas celebradas exclusivamente ante él, la dirección de los debates y, en particular:. Se modifica el apartado 1. Cambios en el personal juzgador después del señalamiento de vistas y posible recusación.

Efectos de la decisión de la recusación formulada después de la vista.

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Artículo bis. Cambio del Letrado de la Administración de Justicia después del señalamiento. Posible recusación. Se modifican los apartados 1 y 3 por el art. Letrados de la Administración de Justicia a los que corresponda resolver. Información de los Magistrados sobre el contenido de los autos en tribunales colegiados. Deliberación y votación de las resoluciones en tribunales colegiados. Forma de la discusión y votación de las resoluciones en los tribunales colegiados. Impedimento del Juez o del Letrado de la Administración de Justicia que hubiere asistido a la vista o comparecencia.

En los tribunales colegiados corresponde al ponente la redacción de las resoluciones que se hayan sometido a discusión jurisprudencia art 576 lec la Sala o Sección, si se conformare con lo acordado. Son resoluciones judiciales las providencias, autos y sentencias dictadas por los jueces y Tribunales. Se modifica la regla 2 del apartado 1 por la disposición final 3. Resoluciones definitivas. Resoluciones firmes. Cosa juzgada formal. Son resoluciones definitivas las que ponen fin a la primera instancia y las que decidan los recursos interpuestos frente a ellas.

Son resoluciones firmes aquéllas contra las que no cabe recurso alguno bien por no preverlo la ley, bien porque, estando previsto, ha transcurrido el plazo legalmente fijado sin que ninguna de las partes lo haya presentado. Se modifica el apartado 2 y las referencias a los "Secretarios judiciales" por la disposición final 4.

Se añade el apartado 3 por la disposición jurisprudencia art 576 lec 2. Se modifican los apartados 2 y 3 y se añade el apartado 4 por el art. Subsanación y complemento de sentencias y autos defectuosos o incompletos. Se modifican los apartados 2 y 4 y se añade el apartado 5 por el art.

Incumbe al demandado y al actor reconvenido la carga de probar los hechos que, conforme a las normas que les sean aplicables, impidan, jurisprudencia art 576 lec o enerven la eficacia jurídica de los hechos a que se refiere el apartado anterior. Se reenumeran los apartados 5 y 6 como 6 y 7 y se añade un apartado 5 por la disposición adicional 5. Sentencias dictadas en procesos promovidos por asociaciones de consumidores o usuarios. Se numera el apartado 1 y se añade el jurisprudencia art 576 lec 2 por el art.

La cosa juzgada alcanza a las pretensiones de la demanda y de la reconvención, así como a los puntos a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo de esta Ley. Declaración de nulidad y pretensiones de anulación de actuaciones procesales. Citación a comparecencia de las partes. Efectos de su inasistencia. Inicio de la comparecencia.

Jurisprudencia art 576 lec de controversia. Prueba y decisión. De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de la instancia. Exclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes.

Se modifica el punto 7 del apartado 1 por el art. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, y contra el auto resolviendo jurisprudencia art 576 lec recurso de revisión no cabe recurso alguno.

Se modifican los apartados 3 y 4 por el art. Respeto a las reglas de jurisprudencia art 576 lec buena fe procesal. Multas por su incumplimiento. Se modifica el apartado 3 y se añade el apartado 5 por el art. Se modifica el punto 11 del apartado 1 por el art.

Se añade el punto 13 al apartado 1 por el art. Se añade el punto 12 al apartado 1 por el art. Se modifica la regla 9 por el art. Reglas especiales en casos de procesos con pluralidad de objetos o de partes. Se modifica la regla 2 por el art. Se modifican los apartados 1, 2 y 4 por el art. Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía. Por la petición de la historia clínica al centro sanitario o profesional que la custodie, en las condiciones y con el contenido que establece la ley.

Se modifica el punto 7 y se añaden los puntos 10 y 11 al apartado 1 por el art. En el caso de las diligencias del artículo Se añaden los apartados 3 y 4 por el art.

Efectos de la decisión. Cuando se trate de las diligencias a que se refiere el artículo Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto. Se modifica el apartado 3 y se suprime el 4 por el art. Consecuencias de la falta de presentación inicial. Casos especiales. Preclusión definitiva de la presentación y excepciones a la regla. Inadmisión de documento presentado injustificadamente en momento no inicial del proceso.

Téngase en cuenta, para su aplicación, la disposición final Traslado por la oficina judicial de las copias a las otras partes interesadas, cuando no intervengan procuradores. Traslado de copias de escritos y documentos cuando intervenga procurador. Del acceso a las fuentes de prueba en procedimientos de reclamación de daños jurisprudencia art 576 lec infracción del derecho de la competencia. Artículo bis a. Exhibición de las pruebas en procesos para el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia.

El presente apartado se entiende sin perjuicio de los derechos y obligaciones de los tribunales españoles que derivan del Reglamento CE n. Artículo bis e. Momento para la solicitud de medidas de acceso a fuentes de prueba. En caso de no hacerlo:. La solicitud de medidas de acceso a fuentes de prueba puede incluir también la solicitud de medidas de aseguramiento de prueba, si procedieren con arreglo a los artículos y de esta ley. Artículo bis h. Artículo bis i. Exhibición de las pruebas contenidas en un expediente de una autoridad de la competencia.

Artículo bis j. Límites impuestos al uso de pruebas obtenidas exclusivamente a través del acceso al expediente de una autoridad de la competencia. Artículo bis k. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y uso de las fuentes de prueba. Señalamiento para actos de prueba que se practiquen separadamente. Custodia de los materiales de las actuaciones de prueba anticipada. Se modifica el apartado 2 y se añade el apartado 4 por el art.

Procedimiento para la adopción de las medidas de aseguramiento de la prueba. Facultades del tribunal e intervención de abogados. Interrogatorio cruzado. Negativa a declarar, respuestas evasivas o inconcluyentes y admisión de hechos personales.

Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica. Legislación consolidada Ayuda. III Con perspectiva histórica y cultural, se ha de reconocer el incalculable valor de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de V En cuanto a su contenido general, esta Ley se configura con exclusión de la materia relativa a la denominada jurisdicción voluntaria, que, como en otros países, parece preferible regular en ley distinta, donde han de llevarse las disposiciones sobre una conciliación que ha dejado de ser obligatoria y sobre la declaración de herederos sin contienda judicial.

VIII El objeto del proceso civil es asunto con diversas facetas, todas ellas de gran importancia. X El Libro II de la presente Ley, jurisprudencia art 576 lec a los procesos declarativos, comprende, dentro del Capítulo referente a las disposiciones comunes, las reglas para determinar el proceso que se ha de seguir.

XII Enseña la experiencia, en todo el mundo, que si, tras las iniciales alegaciones de las partes, se acude de inmediato a un acto oral, en que, antes de dictar sentencia también de forma inmediata, se concentren todas las actividades de alegación complementaria y de prueba, se corre casi siempre uno de estos dos riesgos: el gravísimo, de que los jurisprudencia art 576 lec se resuelvan sin observancia de todas las reglas que garantizan la plena contradicción y sin la deseable atención a todos los elementos que han de fundar el fallo, o el consistente en que el tiempo que en apariencia se ha ganado acudiendo inmediatamente al acto del juicio o vista se haya de perder con suspensiones e incidencias, que en modo alguno pueden considerarse siempre injustificadas y meramente dilatorias, sino con frecuencia necesarias en razón de la jurisprudencia art 576 lec de los asuntos.

XIII Esta Ley contiene una sola regulación del recurso de apelación y de la segunda instancia, porque se estima injustificada y perturbadora una diversidad de regímenes. El recurso de casación ante el Tribunal Supremo puede plantearse, en resumen, con estos dos objetos: 1.

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XVI La regulación de la ejecución provisional es, tal vez, una de las principales innovaciones de este texto legal. XVII En cuanto a la ejecución forzosa propiamente dicha, esta Ley, a diferencia de la depresenta una regulación unitaria, clara y completa. XIX La Ley establece los procesos especiales imprescindibles. XX Mediante las disposiciones adicionales segunda y tercera se pretende, por un lado, hacer posibles las actualizaciones y adaptaciones de cuantía que en el futuro sean convenientes, entre las cuales la determinada por la plena implantación del euro y, por otra parte, la efectiva disposición de nuevos medios materiales para la constancia de vistas, audiencias y comparecencias.

Principio de legalidad procesal. Aplicación en el tiempo de las normas procesales civiles. Clases de tutela jurisdiccional. Capacidad para ser parte. Comparecencia en juicio y representación. Integración de la capacidad procesal. BOE-A Se modifica el apartado 1 por la disposición final 3.

Apreciación de oficio de la falta de capacidad. Condición de parte procesal legítima. BOE-A Se modifica el apartado 3 por el art. Intervención provocada. BOE-A Se modifica el apartado 2 por el art. BOE-A Se añade el apartado 4 por el art.

BOE-A Se añade por la disposición adicional 2. Sucesión procesal por muerte. BOE-A Se modifica por el art.

Sucesión por transmisión del objeto litigioso. BOE-A Se modifica el apartado 1 por el art. BOE-A Se añade el apartado 3 por la disposición final 3. Sucesión en los casos de intervención provocada. Renuncia y desistimiento. BOE-A Se modifica el apartado 4 por el art. Intervención de procurador. BOE-A Se modifica el apartado 2. Apoderamiento del procurador. Poder general y poder especial.

Aceptación del poder. Deberes del procurador. La aceptación del poder se presume por el hecho de usar de él el procurador. BOE-A Se modifican los puntos 1 y 8 del apartado 2 y se añade el 9 por el art.

Derecho supletorio sobre apoderamiento. Representación pasiva del procurador. Provisión de jurisprudencia art 576 lec. Cesación jurisprudencia art 576 lec procurador.

Intervención de abogado. Intervención no preceptiva de abogado y procurador. Designación de procurador y de abogado. Cuenta del procurador. BOE-A Se modifican los apartados 1 y 2 por el art. Honorarios de los abogados. Falta de jurisdicción. Abstención de los tribunales civiles. Prejudicialidad penal. BOE-A Se modifican los apartados 5 y 6 por el art. BOE-A Se añade el apartado 3 por el art. Cuestiones prejudiciales no penales. Prejudicialidad civil. Predeterminación legal de la competencia.

Competencia de los Juzgados de Primera Instancia. Especialización de algunos Juzgados de Primera Instancia. Competencia de los Juzgados de Paz. Apreciación de oficio de la falta de competencia objetiva. Fuero general de las personas físicas. Competencia territorial en casos especiales. Sumisión expresa. Sumisión expresa y reparto. Apreciación de oficio de la competencia territorial.

Alegación de la falta de competencia territorial. Conflicto negativo de competencia territorial. Competencia funcional por conexión. Tramitación y decisión de la declinatoria. Recursos en materia de competencia territorial. Obligatoriedad del reparto. Tratamiento procesal. Plazo en que debe efectuarse el reparto. Medidas urgentes en asuntos no repartidos.

Acumulación subjetiva de acciones. Finalidad de la acumulación de procesos. Casos en los que procede la acumulación de procesos.

Un apunte sobre los intereses generados por deudas de la empresa a favor del trabajador

Procesos acumulables. Improcedencia de la acumulación de procesos. Acumulación de procesos en el juicio verbal. Solicitud de la acumulación de procesos. Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos. Efectos del auto que otorga la acumulación. Efectos del auto que deniega la acumulación. Normas aplicables. Solicitud de acumulación de procesos. Resolución sobre el requerimiento de acumulación. Sustanciación de la discrepancia ante el tribunal competente. Decisión de la discrepancia.

Prohibición de un segundo incidente jurisprudencia art 576 lec acumulación.

Jurisprudencia Hipotecas Intereses Abusivos


Deber de abstención. Legitimación activa para recusar. Abstención de Jueces y Magistrados. BOE-A Se modifican los apartados 2 y 3 por el art. Abstención de los Letrados de la Administración de Justicia. Abstención de los peritos. Abstención de los miembros del Ministerio Fiscal.

disposiciones normativas sobre artículo lec Esta resolución, tras un completo y exhaustivo examen de la jurisprudencia civil y social sobre la. Con respecto a las fuentes de las obligaciones, dispone el artículo . por mora procesal del artículo de la L.E.C., intereses con los que se jurisprudencia constitucional ha declarado que el.

Con pérdida del depósito [ art. Por lo expuesto, en nombre de S. Jurisprudencia art 576 lec Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español. Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social de procedencia,con la certificación y comunicación de esta resolución. Magistrado D. Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:. U suario:. C ontraseña:. Si desea registrase en www. Libro Homenaje al Profesor Luis Cosculluela.

Jurisprudencia - Tribunal Supremo.


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